“Toda persona está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida
habitualmente”… salvo De la Vega que decide empadronarse donde sólo acude para
votar.
• Todos deben votar donde marca el censo legal, “el que recoge los movimientos hasta el
31 de octubre de 2007”… salvo De la Vega que se empadrona el 27 de noviembre y
pretende votar en el nuevo municipio.
• Las reclamaciones por cambio de residencia posteriores al 31 de octubre se desestiman de
oficio y ya no se cambian… salvo para De la Vega: tras ser desestimada legalmente su
reclamación, se cambia la aplicación de la Ley Electoral con una resolución secreta
y que contradice la información pública ofrecida a todos los electores.
• Las leyes electorales son las públicas y vigentes… salvo para De la Vega que vota
gracias a resoluciones secretas y que entran en vigor meses después, el 29 de
agosto de 2008.
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